Saltar al contenido

Normas de inscripción socios

De acuerdo a lo establecido en los Estatutos (Título II) y el Reglamento de Régimen Interno (RRI, Capítulo I) de la Sociedad Española de Catálisis y a las decisiones de la Junta General y la Junta de Gobierno, de manera general, las Normas para solicitar el alta como Socio Numerario de la SECAT son:

  • Rellenar en su totalidad el Formulario de Inscripción, incluyendo los datos bancarios solicitados.
  • La cuota anual de pertenencia a la Sociedad a partir del 1 de Enero de 2024, aprobada en Junta General, es de 50,00€. Existe una cuota anual reducida para personal investigador en formación, de 20,00€, que únicamente se aplicará a aquellas solicitudes de alta que vengan acompañadas de un documento acreditativo de la condición de personal investigador en formación del solicitante (credencial de personal investigador en formación, certificado del director de Tesis o equivalente). Esta cuota se aplicará durante un máximo de 5 años consecutivos.
  • La documentación (Boletín de inscripción y, en su caso, la acreditación de la condición de personal investigador en formación), junto con el Justificante de pago de la primera cuota, se harán llegar a la secretaría de la SECAT mediante el Formulario de Inscripción.
  • A la recepción de la documentación, se tramitará un alta provisional que será ratificada por la Junta de Gobierno (como es preceptivo según el RRI) en la primera reunión que tenga lugar tras esa fecha.